¿Qué es “legalizar” una Traducción Jurada?
Legalizar supone certificar la autenticidad y legitimidad de un documento para su reconocimiento por un organismo extranjero. Es una garantía extra de validez jurídica. Deben legalizarse todos los documentos extranjeros que van a presentarse en España y todos los documentos españoles que van a presentarse en el extranjero.
La firma y sello de un Traductor Jurado dan fe de la integridad y fidelidad de una Traducción Jurídica pero... ¿Quién garantiza la autenticidad del documento original? Cómo legalizar la firma del documento original? ¿Cómo legalizar la firma del Traductor Jurado?
Muchos organismos exigen "traducción jurada legalizada". Los pasos a seguir para legalizar dependen del país de emisión del documento, el tipo de documento, y el país de destino.
¿Cómo se puede legalizar una Traducción Jurada?
Existen 2 tipos de legalización, según el país de emisión y destino del documento, aunque el término "legalizar" puede hacer referencia a diferentes trámites, que suelen confundirse entre sí:
1. LEGALIZACION ABREVIADA O APOSTILLA DE LA HAYA: Es un trámite simplificado de legalización, válido entre países firmantes del Convenio de La Haya de 1961 (entre ellos España). Apostillar un documento es un trámite sencillo, rápido y barato. Se legaliza así la validez del documento original, la autoridad de la persona que lo firma. Para pedir una Apostilla debes acudir al Ministerio de Justicia o al Colegio de Notarios. Es la legalización más habitual.
+ info: Apostilla de La Haya
2. LEGALIZACIÓN DIPLOMÁTICA O CONSULAR: Si el país emisor o destinatario del documento no pertenecen al Convenio de La Haya, deberás recurrir a la legalización diplomática o consular, un proceso más largo y tedioso. Primero debes legalizar el documento original en la Embajada o Consulado del país que lo emitió. Luego después de traducirlo, si vas a presentar el documento fuera de España, deberás legalizar la Traducción Jurada en el MAEC.
+ info: Legalización Consular
* LEGALIZACIÓN ANTE EL MAEC: Es un subtrámite de la legalización diplomática o consular. Sólo es necesaria cuando los documentos legalizados en la embajada o consulado, deben surtir efecto fuera de España. En estos casos, después de hacer la legalización de los documentos originales en la Embajada o Consulado, hay que solicitar la legalización de la Traducción Jurada en el MAEC.
+ info: Legalización MAEC
¿Por qué hay que legalizar un documento o una traducción jurada?
Porque el documento viene de otro país, o va a otro país, y en el país de destino no saben si la persona que firma el documento tiene autoridad para emitir ese documento. Igual que no saben si quien firma como Traductor Jurado es realmente un Traductor Jurado o no.
La legalización abreviada (Apostilla de La Haya), diplomática o consular, legaliza el documento original y su firma: confirma, garantiza y certifica que el país emisor reconoce al firmante de dicho documento y que por tanto ese documento es válido en origen.
La legalización de firma en el MAEC, dentro del procedimiento de legalización diplomática o consular, legaliza la firma del Traductor Jurado, y por tanto certifica su legitimidad para traducir un documento con plena validez jurídica en el extranjero.
¿Dónde acudir para solicitar una legalización?
El lugar donde pedir la legalización dependerá del tipo de legalización y tipo de documento:
- Los documentos notariales como hipotecas o escrituras, y documentos del Registro Civil como libros de familia o partidas de nacimiento, deben legalizarse en el Colegio de Notarios de tu ciudad. Madrid: C./ Ruiz de Alarcón 3. Tel. 912 130 000. Barcelona: Notariat 2-4. Tel. 933 17 48 00.
- Los certificados de antecedentes penales, y de última voluntad, se legalizan en el Ministerio de Justicia o la Delegación de Justicia de tu ciudad. Madrid: C./ Bolsa 8. Tel: 918 37 22 95. Barcelona: C./ Garcilaso 123. Tel. 933 49 41 80.
- Las actas de nacimiento, matrimonio o defunción, certificados de soltería, fe de vida y resoluciones judiciales, se legalizan en el Tribunal Superior de Justicia de tu ciudad Madrid: C./ General Castaños 1. Tel. 914 934 750. Barcelona: Paseo Lluís Companys 14-16. Tel. 934 86 61 83.
NUESTRA RECOMENDACIÓN
» Para legalizar mediante Apostilla de La Haya documentos emitidos en España, como títulos, escrituras, partidas de nacimiento, o penales, lo mejor es acudir al Colegio de Notarios. Es el proceso más rápido y más práctico. Muchos notarios realizan este trámite para sus clientes. Suele tardar unos 2-3 días y tener un precio de entre 15 y 30 euros por documento.
IMPORTANTE
» Para legalizar una Traducción Jurada cuyos originales han sido legalizados previamente en una Embajada o Consulado, debes acudir a la oficina del MAEC (Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación), en Madrid, pidiendo cita previa a través de su web. Si no vives en Madrid, puedes enviar la traducción a legalizar mediante correo certificado.
¿Cuánto cuesta hacer una legalización?
Legalizar un documento original puede ser gratuito o costar algo (muy poco): depende de dónde debas acudir para realizar el trámite.
Legalizar una Traducción Jurada en el MAEC es un trámite 100% gratuito si lo haces directamente en el MAEC, en sus oficinas de Madrid, C./ Pechuán nº 1, o a distancia por correo certificado (sólo pagarás el envío y el retorno)
Si no vives en Madrid y no puedes esperar a realizar el trámite por correo, deberás recurrir a una gestoría, y en este caso el trámite sí que tendrá un coste. El precio suele estar entre 50€ y 100€.